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Documentación Nacionales

Paraguayos

A continuación, encontrará información sobre los trámites y documentación para nacionales paraguayos residentes y no residentes en Colombia.

Las Misiones Diplomáticas pueden expedir pasaportes a favor de los connacionales paraguayos residentes en el exterior.

Cuando los ciudadanos paraguayos no residan en el lugar de jurisdicción del Consulado, se debe contar con previa autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección de Pasaportes y Servicios Consulares, detallando las circunstancias que motivan el pedido.

 

PASAPORTE CONSULAR

El Pasaporte Consular será expedido a favor de los connacionales residentes en Colombia, con una vigencia de cinco años y los requisitos para su expedición son los siguientes:

  • Ser paraguayo natural o naturalizado.
  • Poseer cédula de identidad civil paraguaya, o una copia del mismo, o del pasaporte vencido u otro documento idóneo que compruebe la identidad del solicitante.
  • Llenar y firmar el formulario de solicitud.
  • Fotografía fondo blanco.
  • Ser residente en la jurisdicción de la Representación Diplomática y/o Consular.
  • Comparecencia personal a la sede de la Representación Diplomática y/o Consular.
    No poseer antecedentes policiales.
  • Pago del arancel consular correspondiente de 55 USD.
  • En caso de menores de edad, contar con la autorización de los dos padres.

 

PASAPORTE DE EMERGENCIA

El Pasaporte de Emergencia podrá ser expedido a favor de los connacionales residentes en Colombia quienes precisen de forma urgente este documento de identificación. Este pasaporte tendrá vigencia máxima de un año y los requisitos para su expedición son los siguientes:

  • Ser paraguayo natural o naturalizado.
  • Poseer cédula de identidad civil paraguaya, o una copia del mismo, o del pasaporte vencido u otro documento idóneo que compruebe la identidad del solicitante.
  • Llenar y firmar el formulario de solicitud.
  • Fotografía fondo blanco.
  • Ser residente en la jurisdicción de la Representación Diplomática y/o Consular.
    Comparecencia personal a la sede de la Representación Diplomática y/o Consular.
    No poseer antecedentes policiales.
  • Presentar copia de la denuncia en caso de hurto.
  • Pago del arancel consular correspondiente de 55 USD.
  • En caso de menores de edad, contar con la autorización de los dos padres.

 

PASAPORTE PROVISORIO

El Pasaporte Provisorio o Salvoconducto será expedido a favor de los connacionales que deban regresar al territorio de la República y que se encuentren sin sus documentos de viaje por vencimiento, destrucción, extravío o hurto. Los requisitos de expedición son los siguientes:

  • Ser paraguayo natural o naturalizado.
  • Poseer cédula de identidad civil paraguaya, o una copia del mismo, o del pasaporte vencido u otro documento idóneo que compruebe la identidad del solicitante.
  • Comparecencia personal a la sede de la Representación Diplomática y/o Consular.
    No poseer antecedentes policiales.
  • Presentar copia del denuncio en caso de hurto.
  • Fotografía fondo blanco.
  • Pago del arancel consular correspondiente.
  • En caso de menores de edad, contar con la autorización de los dos padres.

 

INCLUSIÓN DE APELLIDO DE CASADA

Las Misiones Diplomáticas y las oficinas Consulares no están facultadas para incluir o retirar el apellido de casada de los pasaportes consulares. Lo anterior, porque esto es competencia exclusiva del Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

En caso de precisar incluir el apellido de casada, deberá realizar la gestión directamente ante el Departamento de Identificaciones en Paraguay.

La expedición de la Cédula de Identidad Civil paraguaya es competencia exclusiva del Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, según lo dispuesto en la Ley 222/93 Orgánica de la Policía Nacional. El trámite es de carácter personal.

Ver: https://www.paraguay.gov.py/oee/ministerio-del-interior/329

 

Cédula de Identidad para Residentes Permanentes
Los ciudadanos extranjeros, podrán tramitar la Cédula de Identidad Paraguaya ante el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, con la obtención del Carnet de Radicación Permanente a través de la Dirección General de Migraciones.
Ver: http://www.migraciones.gov.py/index.php/tramites/radicaciones/radicacion-permanente

El registro de menores (de padre y/o madre paraguayo/a) ante la Sección Consular de la Embajada del Paraguay en Colombia, no constituye el otorgamiento de la nacionalidad paraguaya. Esta inscripción representa una intención de la obtención de la nacionalidad, con la cual una vez se retorne al Paraguay, puede incluirla en el expediente para solicitar la misma.  

En este sentido, la Sección Consular de la Embajada del Paraguay en Colombia, no puede otorgar Cédula de Identidad o Pasaporte Consular a los menores nacidos en el extranjero. En caso de necesitar viajar al Paraguay, se les puede otorgar un Pasaporte Provisorio, una vez que se encuentren inscritos en esta oficina.

El valor de la inscripción en el Libro de Registros es de (20) veinte dólares estadounidenses.

Los menores que viajan a Paraguay sin acompañantes o con solo uno de sus padres, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

*Colombia: Para los niños, niñas, y adolescentes colombianos y extranjeros residentes en el país, se necesita permiso de salida de los padres o del padre que no viaja con el menor. El permiso debe contener fecha de salida, propósito del viaje, fecha de regreso y con quien viaja el menor, según lo definido en el Código de la Infancia y la Adolescencia. Asimismo, es importarte llevar copia del registro civil del niño o adolescente colombiano.

Si el padre o madre que otorga el permiso se encuentra en Colombia, el permiso debe estar autenticado ante notario público. Si el padre o madre que otorga el permiso, se encuentra en el exterior, el permiso debe estar autenticado ante el consulado colombiano y de no ser posible ubicar un Consulado Colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser en original.

Cuando uno de los padres ha fallecido, se debe presentar el Registro Civil de Defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del menor, conforme a la Ley y los documentos que respalden la designación de esta persona como responsable del menor.

Casos especiales: Para los menores adoptados, se debe presentar copia de la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada. Cuando los padres están en conflicto se debe presentar permiso otorgado por el Juez de Familia y si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada. Si el menor ostenta doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano). Finalmente, si se desconoce el paradero de los padres o de uno de ellos, no se está en condiciones de otorgar el permiso o se carece de representante legal, se debe obtener permiso del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

*Paraguay: Para los niños, niñas, y adolescentes paraguayos, los padres o tutores deben acudir al Juzgado de Paz correspondiente a la zona donde residen y presentar la partida de nacimiento del menor y su cédula de identidad en original, las cédulas de identidad de ambos padres y completar el formulario de autorización de viaje al exterior el cual debe estar firmado por los padres, el acompañante (en caso de viajar sin los padres) y el juez. Este documento tiene una vigencia de 90 días. Posteriormente, se debe legalizar este documento en la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia y finalmente Apostillarlo en la oficina de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. 

Es importante mencionar que en caso de que no exista acuerdo entre los padres del menor con respecto al viaje del menor, uno de ellos está ausente o el menor no tiene padres, la autorización debe gestionarse ante el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia. En caso de que el padre del menor paraguayo resida en Colombia, debe realizar este permiso ante una Notaria y Apostillarlo ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

En caso de extravío de documentos, se deberá realizar la denuncia policial correspondiente y presentar una copia del documento original correspondiente ante la Sección Consular, para adelantar los trámites pertinentes. 


En caso de presentarse una situación de emergencia o por motivo de viaje, debe comunicarse al número de emergencia. Celular: (+57) 302 322 5339.